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Procedimiento.
A.
Realización de las pruebas.
Los
Conservatorios, en función de las solicitudes
de admisión presentadas, publicarán
en el tablón de anuncios los aspirantes
que deberán efectuar la prueba de aptitud.
Dicho listado estará formado por tramos
de edad a partir de los 8 años.
La
Comisión evaluadora, de acuerdo con lo
establecido anteriormente, citará mediante
los turnos que estime oportunos, a todos los aspirantes
a que se hace referencia en el apartado anterior.
Una
vez concluida la prueba de aptitud, se levantará
el acta correspondiente, que será firmada
por todos los integrantes de la Comisión.
La
Dirección del centro publicará los
listados correspondientes de aspirantes aptos
ordenados por tramos de edad y de mayor a menor
puntuación dentro de cada tramo, hasta
los 12 años y de mayor a menor puntuación
a partir de los 13 años.
B.
Información.
El
centro informará a todos los aspirantes aptos a
través de un acto único, de las características
de cada una de las especialidades instrumentales
que han ofertado, de acuerdo con lo autorizado por
la Administración Educativa.
C)
Elección de especialidad
Posteriormente
al mencionado acto de información, el Consejo
Escolar citará mediante los turnos que
estime adecuados a los aspirantes aptos que hayan
obtenido plaza, según la oferta autorizada
por la Delegación Provincial. Se han autorizado
109 plazas para primero de
grado elemental, sólo se citarán
a los 109 primeros aptos, comenzando por el tramo
de 8 años, sucesivamente 9, 10, 11 y resto,
y dentro de cada tramo por el orden de puntuación,
con objeto de que elijan la especialidad que deseen,
dentro de la ofertada por el centro. Se hace la
salvedad que de los mencionados 109 primeros
alumnos, los últimos pueden quedarse sin plaza,
dependiendo del número de repetidores del primer
curso de grado elemental que resulten de la
evaluación final.
LA NO ACEPTACIÓN DE LAS PLAZAS OFERTADAS SUPONDRÁ
LA RENUNCIA A LA PRUEBA DE APTITUD
EL
ASPIRANTE QUE NO SE PRESENTE AL ACTO DE ELECCIÓN
DE ESPECIALIDAD INSTRUMENTAL, DECAERÁ EN
SU DERECHO, DEBIENDO RESERVARLE EL CENTRO UNA
DE LAS PLAZAS NO ELEGIDAS.
La
superación de la prueba de aptitud surtirá
efectos únicamente para el curso académico
para el que se haya convocado.
Los aspirantes admitidos deberán efectuar la
matrícula en los plazos establecidos en la Orden
de 25 de Marzo de 2004. Dicho plazo será del 1 al 10 de Julio
de 2007.
Mas información en: tablón de anuncios del Centro
y en www.conservatoriomanuelcarra.com
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